- El Reglamento abarca todo el ciclo de vida de los envases y contempla objetivos de porcentaje mínimo de contenido reciclado, disminución del peso y volumen del embalaje, eliminación de embalajes innecesarios y disminución de sustancias preocupantes
- Según la nueva normativa, los negocios de comida para llevar tendrán que ofrecer a los clientes la posibilidad de llevar sus propios recipientes para llenarlos con bebidas frías o calientes, o comida preparada, sin coste adicional
Cerceda, a 16 de diciembre de 2024.- El Consejo Europeo ha adoptado formalmente un Reglamento sobre envases y residuos de envases para reducir de forma significativa la generación de residuos, restringir determinados tipos de envases de un solo uso y exigir a los operadores económicos que minimicen los envases utilizados.
Cabe destacar que, en 2022, la UE generó casi 186,5 kilogramos de residuos de envases por persona, de los cuales 36 eran envases de plástico, lo que se traduce en una producción diaria por ciudadano de medio kilogramo de residuos de envases.
En noviembre de ese mismo año, la Comisión presentó una propuesta de Reglamento sobre envases y residuos de envases que sustituiría a la Directiva existente. El Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron sus posiciones al respecto en noviembre y diciembre de 2023, respectivamente, y los dos colegisladores alcanzaron un acuerdo provisional el 4 de marzo de 2024, tras dos rondas de negociaciones informales.
El Reglamento abarca todo el ciclo de vida de los envases y contempla los siguientes aspectos:
- Objetivos de porcentaje mínimo de contenido reciclado para 2030 y 2040 (hasta el 65 % para botellas de plástico de un solo uso en 2040).
- Disminución del peso y volumen del embalaje, evitando embalajes innecesarios.
- Disminución de las sustancias preocupantes, incluida la restricción de la comercialización de envases en contacto con alimentos que contengan sustancias perfluoradas y polifluoradas (PFAS) si superan determinados umbrales.
Los requisitos de etiquetado, marcado e información (por ejemplo, sobre la composición del material o el contenido reciclado) deberían facilitar la clasificación y la elección por parte de los consumidores.
Las nuevas normas introducen restricciones a los envases de plástico de un solo uso para:
- Frutas y verduras preenvasadas de menos de 1,5 kg.
- Alimentos y bebidas envasados y consumidos en hoteles, bares y restaurantes.
- Porciones individuales de condimentos, salsas, crema de leche y azúcar en hoteles, bares y restaurantes.
- Pequeños productos cosméticos y de tocador de un solo uso utilizados en el sector del alojamiento (es el caso de las botellas de champú o loción corporal).
- Bolsas de plástico muy ligeras (por ejemplo, las que se venden en los mercados para comprar alimentos a granel).
Asimismo, el Reglamento establece nuevos objetivos vinculantes de reutilización para 2030 e indicativos para 2040, que varían en función del tipo de envase utilizado por los operadores (por ejemplo, objetivos vinculantes del 40 % para los envases de transporte y venta, y del 10 % para los envases agrupados).
Según la nueva normativa, los negocios de comida para llevar tendrán que ofrecer a los clientes la posibilidad de utilizar sus propios recipientes para llenarlos con bebidas frías o calientes, o comida preparada, sin coste adicional.
La adopción formal por parte del Consejo supone el último paso del procedimiento legislativo ordinario. El Reglamento se publicará en el Diario Oficial de la UE y se aplicará 18 meses después de la fecha de su entrada en vigor.
Fuente: Consejo Europeo
Imagen: Pexels